domingo, septiembre 08, 2013
¿Derechos o privilegios?
Hoy en día, con el debate magisterial y el caos reinante en el Distrito Federal provocado por la CNTE, constantemente escuchamos en los medios un debate que se centra en "derechos".
En términos generales, la narrativa se plantea como un conflicto entre los derechos de los ciudadanos del DF a transitar por su ciudad y los derechos de los niños a recibir la educación, por un lado, contra los derechos laborales de los maestros a mantener ciertas prácticas sindicales y a manifestarse, por el otro.
La narrativa se ha limitado a poner en una balanza "derechos" y forzar a la autoridad a imponer unos sobre otros. Lo anterior esconde un error conceptual envuelto en un discurso incendiante que impide que el problema se resuelva sin que alguno de los llamados "derechos" se vea afectado.
En México estamos llenos de privilegios que, en algún momento, por razones políticas, empezaron a ser llamados "derechos". La diferencia no es trivial a la hora de tomar decisiones, puesto que el conflicto entre derechos no se resuelve igual que un conflicto entre privilegios.
El jurista Wesley Newcomb Hohfeld nos invita a utilizar una metodología analítica para distinguir una cosa de la otra. Hohfeld afirma que los derechos tienen como correlación una obligación, mientras que los privilegios tienen como correlación un "no derecho" de alguien a reclamar una acción contra ese interés en particular. Ello implica que, aunque ambas categorías protegen intereses jurídicos, tienen una diferente jerarquía y grado de exigibilidad, y que al momento de enfrentarse no se les otorgue el mismo peso.
Por ejemplo, el derecho de los niños a recibir educación sí está vinculado a una obligación del Estado de otorgar y asegurar una educación básica. Es un derecho universal, general e intrínseco a los ciudadanos mexicanos por el simple hecho de serlo.
Sin embargo, los mal llamados "derechos" de ciertos grupos organizados, sean partidos, empresarios o sindicatos, a mantener opacidad en el manejo de recursos públicos, disfrutar de monopolios, o a no ser evaluados por la ciudadanía cuando realizan funciones públicas, caerían más bien en la categoría de "privilegios", que se traducen en el no derecho de los ciudadanos a afectar dichos intereses gremiales, a pesar de que para ello se utilicen recursos públicos y se afecte la vida -y los derechos- de los ciudadanos.
Un privilegio para proteger ciertos intereses puede ser válido si está conectado con fines legítimos del Estado y con objetivos de política pública. Es en este espectro en el que, considero, es más adecuado analizar si vale la pena mantener ciertos privilegios.
En el presente caso, si el fin de la política pública plasmada en la reforma discutida es alcanzar ciertos niveles educativos vinculados con el derecho a recibir educación, y los privilegios otorgados a ciertos grupos organizados obstruyen ese fin, entonces se debe optar por proteger la reforma, dada su conexión directa con un derecho, aunque ello implique la afectación de privilegios adquiridos.
Lo anterior no implica que el Estado debe ignorar los intereses del magisterio, ni que deje de buscar girar el timón para encontrar soluciones conciliadoras, en la medida de lo posible. Lo que hay que tener claro es que no es un tema de conflicto de derechos en sí, sino de cómo alcanzar objetivos comunes de política pública y, al mismo tiempo, dar orden a los intereses en juego.
Usando el mismo marco analítico, los miembros de la CNTE no tienen derecho a irrumpir violentamente en una sede de gobierno y recibir, heredar o conservar plazas sin ser evaluados; ésos son privilegios que el Estado les ha otorgado con su inacción desde hace muchos años a cambio de beneficios políticos.
Por el contrario, los ciudadanos del DF y los niños sí tienen un derecho a la educación y al libre tránsito en contra del abuso del magisterio, porque el Estado tiene la obligación de asegurarlos aunque entran en conflicto con los privilegios que el magisterio busca conservar.
Igualmente, los maestros tienen derecho a manifestarse y el Gobierno está obligado a asegurarse que lo puedan realizar de manera pacífica y sin afectar a terceros.
Aprender a distinguir estos conceptos es útil para evaluar y decidir cómo dirimir los conflictos de interés que se generan en la decisión gubernamental.
Es la sociedad, a través del debate público y el Estado, quien tiene que evaluar si los privilegios otorgados cumplen con los objetivos que se busca alcanzar como colectividad. De lo contrario estamos solapando privilegios de intereses agremiados y negando derechos al resto de la sociedad.
Guillermo J. García Sánchez:
@guillermojgarci
En términos generales, la narrativa se plantea como un conflicto entre los derechos de los ciudadanos del DF a transitar por su ciudad y los derechos de los niños a recibir la educación, por un lado, contra los derechos laborales de los maestros a mantener ciertas prácticas sindicales y a manifestarse, por el otro.
La narrativa se ha limitado a poner en una balanza "derechos" y forzar a la autoridad a imponer unos sobre otros. Lo anterior esconde un error conceptual envuelto en un discurso incendiante que impide que el problema se resuelva sin que alguno de los llamados "derechos" se vea afectado.
En México estamos llenos de privilegios que, en algún momento, por razones políticas, empezaron a ser llamados "derechos". La diferencia no es trivial a la hora de tomar decisiones, puesto que el conflicto entre derechos no se resuelve igual que un conflicto entre privilegios.
El jurista Wesley Newcomb Hohfeld nos invita a utilizar una metodología analítica para distinguir una cosa de la otra. Hohfeld afirma que los derechos tienen como correlación una obligación, mientras que los privilegios tienen como correlación un "no derecho" de alguien a reclamar una acción contra ese interés en particular. Ello implica que, aunque ambas categorías protegen intereses jurídicos, tienen una diferente jerarquía y grado de exigibilidad, y que al momento de enfrentarse no se les otorgue el mismo peso.
Por ejemplo, el derecho de los niños a recibir educación sí está vinculado a una obligación del Estado de otorgar y asegurar una educación básica. Es un derecho universal, general e intrínseco a los ciudadanos mexicanos por el simple hecho de serlo.
Sin embargo, los mal llamados "derechos" de ciertos grupos organizados, sean partidos, empresarios o sindicatos, a mantener opacidad en el manejo de recursos públicos, disfrutar de monopolios, o a no ser evaluados por la ciudadanía cuando realizan funciones públicas, caerían más bien en la categoría de "privilegios", que se traducen en el no derecho de los ciudadanos a afectar dichos intereses gremiales, a pesar de que para ello se utilicen recursos públicos y se afecte la vida -y los derechos- de los ciudadanos.
Un privilegio para proteger ciertos intereses puede ser válido si está conectado con fines legítimos del Estado y con objetivos de política pública. Es en este espectro en el que, considero, es más adecuado analizar si vale la pena mantener ciertos privilegios.
En el presente caso, si el fin de la política pública plasmada en la reforma discutida es alcanzar ciertos niveles educativos vinculados con el derecho a recibir educación, y los privilegios otorgados a ciertos grupos organizados obstruyen ese fin, entonces se debe optar por proteger la reforma, dada su conexión directa con un derecho, aunque ello implique la afectación de privilegios adquiridos.
Lo anterior no implica que el Estado debe ignorar los intereses del magisterio, ni que deje de buscar girar el timón para encontrar soluciones conciliadoras, en la medida de lo posible. Lo que hay que tener claro es que no es un tema de conflicto de derechos en sí, sino de cómo alcanzar objetivos comunes de política pública y, al mismo tiempo, dar orden a los intereses en juego.
Usando el mismo marco analítico, los miembros de la CNTE no tienen derecho a irrumpir violentamente en una sede de gobierno y recibir, heredar o conservar plazas sin ser evaluados; ésos son privilegios que el Estado les ha otorgado con su inacción desde hace muchos años a cambio de beneficios políticos.
Por el contrario, los ciudadanos del DF y los niños sí tienen un derecho a la educación y al libre tránsito en contra del abuso del magisterio, porque el Estado tiene la obligación de asegurarlos aunque entran en conflicto con los privilegios que el magisterio busca conservar.
Igualmente, los maestros tienen derecho a manifestarse y el Gobierno está obligado a asegurarse que lo puedan realizar de manera pacífica y sin afectar a terceros.
Aprender a distinguir estos conceptos es útil para evaluar y decidir cómo dirimir los conflictos de interés que se generan en la decisión gubernamental.
Es la sociedad, a través del debate público y el Estado, quien tiene que evaluar si los privilegios otorgados cumplen con los objetivos que se busca alcanzar como colectividad. De lo contrario estamos solapando privilegios de intereses agremiados y negando derechos al resto de la sociedad.
Guillermo J. García Sánchez:
@guillermojgarci
abogado y licenciado en Relaciones Internacionales por el ITAM, y candidato a doctor en Derecho por la Universidad de Harvard.