sábado, febrero 05, 2011
Equidad
El diccionario de la Real Academia de la Lengua Española establece cinco definiciones del concepto de equidad: (Del lat. aequitas, -atis).
1. f. Igualdad de ánimo.
2. f. Bondadosa templanza habitual. Propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.
3. f. Justicia natural, por oposición a la letra de la ley positiva.
4. f. Moderación en el precio de las cosas, o en las condiciones de los contratos.
5. f. Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece.
El concepto, tal como se puede apreciar, no es preciso. Su uso en la Constitución y en la ley electoral puede entenderse sólo en su última acepción. Pero surge inmediatamente una doble pregunta: ¿qué es lo que cada uno merece?, y ¿quién lo determina?
La respuesta es simple: los legisladores -esto es, los partidos- que establecieron que el 30 por ciento de los recursos estatales (presupuesto y tiempos en medios electrónicos) se reparta en forma igualitaria y el 70 por ciento en forma proporcional a la votación de cada partido.
¿Por qué 30-70 y no 50-50 ó 70-30? Porque sí, porque así lo decidieron los legisladores. De hecho, esa proporción no contribuye a igualar a los contendientes, ni a mejorar las condiciones de competencia para los más chicos. Porque es evidente que otorga más al que más tiene y esos recursos sirven para preservar las desigualdades.
¿Es inadecuado que la legislación establezca esa proporción? No, pero tampoco se puede decir que es una ley justa o perfecta. Es una opción entre muchas otras que tiene ventajas y desventajas. Nada más.
Hasta ahí las cosas son relativamente sencillas. Las relaciones del Estado con los partidos se norman por ese principio que, mal que bien, funciona. La otra opción sería tratar a todos en forma igualitaria y dotarlos de los mismos recursos.
¿Sería el fin del mundo? No. Pero semejante esquema jamás sería aprobado por la mayoría de los legisladores que pertenece a los partidos más fuertes, ya que lastimaría sus intereses. Ése es el fondo de la cuestión.
La gran confusión en lo que se refiere a la equidad está en otra parte. Los legisladores se hicieron la siguiente pregunta en 1996: ¿cómo garantizar que un tercero, persona física o moral, no contrate tiempo en radio y TV y lo ponga al servicio de alguna de las fuerzas políticas?
La respuesta de los estatólatras fue muy simple: prohibiendo la compra de esos espacios a particulares.
Y para remachar el punto, la prohibición fue elevada a rango constitucional en 2007.
El problema está en que la equidad es un concepto poco preciso y no se puede convertir en piedra de toque de la democracia. Puede y debe funcionar como criterio para regular las relaciones Estado-partidos, pero no como un valor para coartar y limitar las acciones de los ciudadanos.
El derecho establece una división muy clara entre autoridades y ciudadanos. La autoridad puede hacer única y exclusivamente aquello que la ley le faculta. Los ciudadanos, en cambio, pueden hacer todo lo que no está prohibido o sancionado por la ley.
Para la equidad vale un principio similar. Una cosa es que el Estado asuma la equidad como principio rector y otra es que limite y coarte las libertades ciudadanas para imponerlo. La esfera Estado-partidos tiene su propia lógica y no debe interferir en el espacio ciudadanos-libertades-derechos.
¿Por qué? Por dos razones fundamentales. Los valores esenciales de la democracia (libertad-igualdad), que conllevan derechos esenciales para todos los ciudadanos, no pueden equipararse con un principio que rige la competencia electoral entre organizaciones de ciudadanos.
Promover la equidad es una obligación del Estado, pero esa responsabilidad no le confiere el derecho de lastimar las libertades esenciales para alcanzar ese "estado ideal", que es bastante relativo. Ejemplifico. Puede haber democracias sin partidos y sin competencia electoral -la democracia directa-, pero jamás podría haberlas sin libertad de expresión e igualdad.
Pero además, el efecto real de la prohibición es crear ciudadanos de primera -organizados en partidos con tiempos en radio y televisión- y ciudadanos de segunda -cuyo único pecado es no pertenecer a un partido- sin derecho a ser escuchados ni vistos en los medios electrónicos.
Hay, por otra parte, una consideración elemental. Prohibir la compra de tiempo en medios electrónicos en la era del internet es estúpido. La información hoy, más que nunca, es horizontal y cada vez más libre.
Así que si los estatólatras asumen el espíritu del legislador deberían elaborar otra ley para regular y controlar los contenidos de la red. El IFE adquiriría, entonces, la facultad de sancionar a todos los ciudadanos que utilizaran Twitter o Facebook para influenciar a otros ciudadanos en tiempos electorales.
Por último, resulta lamentable constatar la pobreza intelectual de nuestro debate. Varios de los defensores de la contrarreforma electoral de 2007 nos anunciaron el fin de la spotización de las campañas. Un profesorcillo fue incluso más allá. Condenó los spots como una forma vacía de la comunicación.
Para nuestro infortunio, la spotización de la política ha alcanzado -gracias a la contrarreforma electoral- grados de ideotización nunca antes vistos. Pero para nuestra fortuna, los jóvenes del movimiento "voto nulo" mostraron lo ingenioso, brillante y sustancioso que puede ser un spot en la red.
Concluyo parafraseando al Gran Timonel: en todo tiempo, incluidos los electorales, que florezcan mil flores.
Jaime Sánchez Susarrey
1. f. Igualdad de ánimo.
2. f. Bondadosa templanza habitual. Propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.
3. f. Justicia natural, por oposición a la letra de la ley positiva.
4. f. Moderación en el precio de las cosas, o en las condiciones de los contratos.
5. f. Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece.
El concepto, tal como se puede apreciar, no es preciso. Su uso en la Constitución y en la ley electoral puede entenderse sólo en su última acepción. Pero surge inmediatamente una doble pregunta: ¿qué es lo que cada uno merece?, y ¿quién lo determina?
La respuesta es simple: los legisladores -esto es, los partidos- que establecieron que el 30 por ciento de los recursos estatales (presupuesto y tiempos en medios electrónicos) se reparta en forma igualitaria y el 70 por ciento en forma proporcional a la votación de cada partido.
¿Por qué 30-70 y no 50-50 ó 70-30? Porque sí, porque así lo decidieron los legisladores. De hecho, esa proporción no contribuye a igualar a los contendientes, ni a mejorar las condiciones de competencia para los más chicos. Porque es evidente que otorga más al que más tiene y esos recursos sirven para preservar las desigualdades.
¿Es inadecuado que la legislación establezca esa proporción? No, pero tampoco se puede decir que es una ley justa o perfecta. Es una opción entre muchas otras que tiene ventajas y desventajas. Nada más.
Hasta ahí las cosas son relativamente sencillas. Las relaciones del Estado con los partidos se norman por ese principio que, mal que bien, funciona. La otra opción sería tratar a todos en forma igualitaria y dotarlos de los mismos recursos.
¿Sería el fin del mundo? No. Pero semejante esquema jamás sería aprobado por la mayoría de los legisladores que pertenece a los partidos más fuertes, ya que lastimaría sus intereses. Ése es el fondo de la cuestión.
La gran confusión en lo que se refiere a la equidad está en otra parte. Los legisladores se hicieron la siguiente pregunta en 1996: ¿cómo garantizar que un tercero, persona física o moral, no contrate tiempo en radio y TV y lo ponga al servicio de alguna de las fuerzas políticas?
La respuesta de los estatólatras fue muy simple: prohibiendo la compra de esos espacios a particulares.
Y para remachar el punto, la prohibición fue elevada a rango constitucional en 2007.
El problema está en que la equidad es un concepto poco preciso y no se puede convertir en piedra de toque de la democracia. Puede y debe funcionar como criterio para regular las relaciones Estado-partidos, pero no como un valor para coartar y limitar las acciones de los ciudadanos.
El derecho establece una división muy clara entre autoridades y ciudadanos. La autoridad puede hacer única y exclusivamente aquello que la ley le faculta. Los ciudadanos, en cambio, pueden hacer todo lo que no está prohibido o sancionado por la ley.
Para la equidad vale un principio similar. Una cosa es que el Estado asuma la equidad como principio rector y otra es que limite y coarte las libertades ciudadanas para imponerlo. La esfera Estado-partidos tiene su propia lógica y no debe interferir en el espacio ciudadanos-libertades-derechos.
¿Por qué? Por dos razones fundamentales. Los valores esenciales de la democracia (libertad-igualdad), que conllevan derechos esenciales para todos los ciudadanos, no pueden equipararse con un principio que rige la competencia electoral entre organizaciones de ciudadanos.
Promover la equidad es una obligación del Estado, pero esa responsabilidad no le confiere el derecho de lastimar las libertades esenciales para alcanzar ese "estado ideal", que es bastante relativo. Ejemplifico. Puede haber democracias sin partidos y sin competencia electoral -la democracia directa-, pero jamás podría haberlas sin libertad de expresión e igualdad.
Pero además, el efecto real de la prohibición es crear ciudadanos de primera -organizados en partidos con tiempos en radio y televisión- y ciudadanos de segunda -cuyo único pecado es no pertenecer a un partido- sin derecho a ser escuchados ni vistos en los medios electrónicos.
Hay, por otra parte, una consideración elemental. Prohibir la compra de tiempo en medios electrónicos en la era del internet es estúpido. La información hoy, más que nunca, es horizontal y cada vez más libre.
Así que si los estatólatras asumen el espíritu del legislador deberían elaborar otra ley para regular y controlar los contenidos de la red. El IFE adquiriría, entonces, la facultad de sancionar a todos los ciudadanos que utilizaran Twitter o Facebook para influenciar a otros ciudadanos en tiempos electorales.
Por último, resulta lamentable constatar la pobreza intelectual de nuestro debate. Varios de los defensores de la contrarreforma electoral de 2007 nos anunciaron el fin de la spotización de las campañas. Un profesorcillo fue incluso más allá. Condenó los spots como una forma vacía de la comunicación.
Para nuestro infortunio, la spotización de la política ha alcanzado -gracias a la contrarreforma electoral- grados de ideotización nunca antes vistos. Pero para nuestra fortuna, los jóvenes del movimiento "voto nulo" mostraron lo ingenioso, brillante y sustancioso que puede ser un spot en la red.
Concluyo parafraseando al Gran Timonel: en todo tiempo, incluidos los electorales, que florezcan mil flores.
Jaime Sánchez Susarrey
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URGE que pasemos de la partidocracia actual a una verdadera democracia. Para eso es básico que existan candidaturas independientes, reelección acotada, 2a vuelta, facilidad de creación de partidos políticos pero a nivel local, en distritos y municipios. Y, sobre todo, reducción del financiamiento público a los partidos. Que sean sus militantes quienes los sostengan, con una fiscalización adecuada para evitar dinero del crimen, pero nada más.