viernes, febrero 05, 2016

 

Tiranía mexicana

"La Constitución ha puesto en el Artículo 27 que garantiza el derecho individual del Estado, la facultad y aun la obligación de violar los artículos que garantizan los derechos del verdadero individuo". Emilio Rabasa

 

¿Quiere usted saber por qué México es pobre y hemos sufrido regímenes autoritarios durante tanto tiempo? Es culpa de la Constitución de 1917, que reemplazó a la Carta Magna liberal de 1857, y en particular del Artículo 27, que abrogó el derecho de propiedad, el derecho fundamental del individuo frente a los poderes del Estado.

 

Lo entendió desde un principio Emilio Rabasa, no el Embajador actual, sino el jurista que fue Gobernador de Chiapas, Senador y director de la Escuela Libre de Derecho.

 

El 12 de marzo de 1917 escribió a José Yves Limantour: "No es posible que subsista como ley fundamental de un país lo que establece como base de organización el desconocimiento de los derechos más elementales y la imposición de la tiranía" (José Antonio Aguilar Rivera, "La imposición legal de la tiranía"; Nexos, enero 2016).

 

El Artículo 27 fue uno de los cimientos de la Constitución liberal de 1857. La belleza del artículo radicaba en su sencillez y contundencia: "La propiedad de las personas no puede ser ocupada sin su consentimiento, sino por causa de utilidad pública y previa indemnización. La ley determinará la autoridad que deba hacer la expropiación y los requisitos con que ésta haya de verificarse". Así de sencillo. La propiedad privada era un derecho fundamental que no había siquiera que expresar. El Artículo 27 sólo establecía el caso de excepción en que por utilidad pública y previa indemnización podía expropiarse.

 

La propiedad privada ha sido siempre el baluarte del individuo ante el tirano. Cuando el monarca o el Gobierno es dueño de todo, el individuo no tiene forma de defender su libertad. "La propiedad privada", escribía Walter Lippmann, "fue la fuente original de la libertad".

 

La Constitución de 1917, sin embargo, abolió la propiedad privada. "La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada" (Diario Oficial, 5.2.17).

 

La Constitución del 17 traicionó la filosofía liberal de la carta del 57 y convirtió la propiedad privada en una simple concesión de una "Nación" representada por funcionarios y burócratas. Era imposible en ese marco jurídico construir un país próspero o evitar el surgimiento de un Gobierno autoritario.

 

Los efectos negativos del Artículo 27 los vemos por doquier en el País. Se manifiestan en la dispersión de la población en comunidades diminutas que llegaron a la punta de algún cerro incomunicado porque ahí les repartió tierras "la Revolución". Esas comunidades no pueden tener servicios como electricidad, agua entubada o vías de comunicación en razón de su aislamiento, pero tampoco pueden mudarse porque perderían "su tierra", la cual no pueden vender porque no es propiedad privada, sino ejido.

 

No sorprende que la pobreza extrema en nuestro País se concentre en las tierras ejidales. Si bien la reforma agraria dio parcelas a millones de mexicanos, no lo hizo en propiedad privada, sino en ejidos comunales en los que se ha restringido el derecho fundamental de vender. La productividad de los ejidos es, como podía esperarse, muy inferior a la de las tierras privadas. El control lo detenta un comisario ejidal que ejerce poderes dictatoriales con el mandato de una asamblea.

 

Hoy el Gobierno festeja los 99 años de la constitución del 17. El año que viene, en el centenario, habrá grandes celebraciones. Nadie se atreve ya a decir lo que Emilio Rabasa entendió hace un siglo: la abolición de la propiedad privada es la imposición de la pobreza y de la tiranía.

 

Sergio Sarmiento

www.sergiosarmiento.com

 

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